Equidad y seguridad alimentaria en la nueva Ley de Pesca: una oportunidad para repensar las prioridades

Créditos fotográficos: Pesca Sustentable

Por Gonzalo Olea

Director de Manejo y Evaluación de Pesquerías de la ONG Pesca Sustentable

Bajo el argumento de reconocer la inversión en la industria pesquera y ofrecer seguridad a los trabajadores, en 2002 se fortaleció la estructura de cuotas de captura de pesca industrial al extender las cuotas individuales transferibles por diez años. En las décadas siguientes, las nuevas normativas no hicieron más que robustecer un sistema que beneficiaba principalmente a quienes ya tenían mayor participación.

En la actualidad se registran varias licencias pesqueras Clase A concentradas en pocas empresas. Los casos más emblemáticos son los de la anchoveta, en que un 98% de la cuota está asignada a dos grupos económicos (CORPESCA/ORIZON y Camanchaca); el congrio dorado, que asigna un 64% de la cuota industrial a la empresa DERIS S.A.; y la merluza de tres aletas, en que una sola empresa posee prácticamente la totalidad de la cuota asignada al sector industrial (EMDEPES S.A.).

A más de dos décadas de este precedente, ¿cómo se ve el panorama? Todavía un 85% de las licencias de pesca industrial se asignan mediante criterios históricos y sólo un 15% mediante subastas públicas. Lo más preocupante es que en ningún caso consideran criterios técnicos, una de las razones por las que hoy muchas pesquerías se encuentran en condiciones de sobreexplotación e incluso colapso (un 53% de acuerdo al último estado de situación de las pesquerías publicado por la Subsecretaría de Pesca en marzo de este año).

En 2024, el centro de la discusión es el nuevo proyecto de Ley de Pesca que propone disminuir en al menos un 35% el porcentaje de la fracción industrial que se asigna mediante criterios históricos, aumentando a un 50% el porcentaje de licitaciones. Además, consigna que las propuestas deben “promover los objetivos de eficiencia, la disminución de la concentración de mercado y la entrada de nuevos actores”, así como también considera a la seguridad alimentaria dentro de sus principios rectores.

Sin duda estos criterios representan un avance para el sector, en especial este último, que indica que el Estado “fomentará el consumo humano directo de recursos hidrobiológicos a fin de propender a una alimentación adecuada, saludable e inocua para toda la población”.

¿Qué responsabilidades podrían asumir los licitantes para contribuir a este principio rector?

La Ley de Pesca debería asignar valor a las propuestas mediante ofertas técnicas. Estas podrían considerar el aseguramiento de alimento para la población, por ejemplo, comprometiendo la venta de un porcentaje de capturas a instituciones como JUNAEB, que entrega alimentación a las escuelas y liceos del país.

De esta manera contribuirían de forma directa al aumento en el consumo de productos del mar que son una fuente de nutrientes de excelente calidad para la población.

Por otra parte, es clave que esta nueva legislación ponga en el centro a la pesca artesanal a través de la promoción de su potencial y desarrollo, reconociendo su vital importancia socioeconómica para el país: en la actualidad Chile cuenta con casi 500 caletas y, solo en la formalidad, se registran más de 92 mil personas como pescadores artesanales.

Además, esta actividad tiene un punto a favor que muy pocos sectores productivos pueden compartir, porque en su esencia la pesca artesanal promueve prácticas sustentables.

Las técnicas de la pesca artesanal se caracterizan por ser altamente selectivas, las embarcaciones y herramientas utilizadas son más pequeñas y menos invasivas para el hábitat marino, aunque sin duda, enfrentan desafíos como la pesca ilegal, que también ha sido responsable de la sobreexplotación de las especies.

En Europa ya existen precedentes de cómo las normativas han valorado de manera concreta los artes de pesca tradicionales. Un caso insigne fue el de Portugal, que en 2014 prohibió por decreto la pesca de arrastre en más de 2 millones de km2, mientras que en otros países se implementaron medidas para controlar el esfuerzo que se ejerce sobre una población de recursos hidrobiológicos con el objetivo de mantener la sustentabilidad.

En Chile también tenemos un precedente: en 2019 se prohibió la pesca de arrastre para la extracción de la jibia y en la actualidad solo se permite la captura con métodos artesanales.

A medida que aumentan las preocupaciones por la sobreexplotación de los recursos marinos y el impacto ambiental de las actividades humanas, se valoran cada vez más los enfoques que respetan los ecosistemas marinos y promueven la conservación de las especies.

La adopción de métodos propios de la pesca artesanal no sólo beneficia a las comunidades locales al mantener sus tradiciones vivas, sino que también contribuye a la protección a largo plazo de los océanos y sus habitantes.

Por todos estos motivos nuestro principal interés como organización es que esta nueva legislación considere el valor de la pesca artesanal no sólo por su aporte al medioambiente, sino que también por la contribución socioeconómica de esta actividad, para que la normativa logre un equilibrio beneficioso para las personas, así como también para los océanos.

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